El gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario, que traspone una Directiva europea y busca incrementar la transparencia del contrato de hipoteca, según ha explicado el ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos.

En lo relativo a la trasposición, De Guindos ha asegurado que a norma se ha optado siempre por las alternativas más favorables al deudor hipotecario. Así, se abaratan las comisiones por la amortización anticipada de los préstamos a tipo variable, hasta anularse a partir de los cinco años de vigencia de la hipoteca; para los préstamos a tipo fijo, se establece una comisión máxima, frente a la situación actual en la que se aplican hasta dos comisiones , una de las cuales no tiene ningún tipo de límite.

Además, se establece el derecho del consumidor a cambiar un crédito en moneda extranjera a la divisa nacional o a cualquier otra; se prohíben las ventas –que obligan al consumidor a aceptar una serie de productos financieros como condición para obtener la hipoteca–, y se regula el régimen jurídico de los intermediarios de crédito inmobiliario.

El ministro de Economía ha señalado que el texto no se limita a trasponer la Directiva comunitaria, sino que también responde a las sentencias judiciales que le han puesto de manifiesto la necesidad de una mayor transparencia en la regulación hipotecaria.

En este sentido, la norma facilita a conversión de las hipotecas de tipo variable a fijo, tanto para las nuevas como para las que ya están en vigor. Las comisiones por realizar ese cambio se suprimen a partir del tercer año y se rebajan los gastos de notaría y registro.

Otras novedades son que el prestamista deberá entregar al cliente documentación detallada sobre la hipoteca, las cláusulas más “sensibles” y escenarios de evolución de las cuotas, y que el hipotecado recibirá asesoramiento gratuito del notario sobre el contenido del contraro durante los siete días previos a la firma.

La norma también regula el vencimiento anticipado del crédito, “de tal forma que se evita cualquier tipo de discrecionalidad a la hora de pactar esta cláusula”, según ha indicado Luis de Guindos. El requisito para que la entidad financiera pueda iniciar la ejecución del préstamo se amplía a nueve cuotas mensuales impagadas o a una cuantía que supere el 2% del capital concedido durante la primera mitad de la vigencia de la hipoteca; durante la segunda mitad, el porcentaje será del 4% o de doce cuotas impagadas.